La muerte de Lissette Villa según la justicia
A cinco años de la muerte de la pequeña Lissette, el tribunal declaró culpables a las dos funcionarias del Cread Galvarino por apremios ilegítimos. Fiscalía pide siete años de cárcel para cada una. ¿Qué fue realmente lo que pasó?

- noviembre 28, 2021
Aún no eran las 20:00 horas del lunes 11 de abril de 2016, cuando la pequeña M.C.D. escuchó desde su cama los gritos de Lissette, que cada vez se acercaban más. Traída a rastras desde otro sector de la casa, Lissette es ingresada a la habitación donde se encontraba M. Nadie sabía que estaba ahí. Permanecía quieta, en silencio, acostada sobre la cama superior de un camarote, como le habían dicho minutos antes que debía estar, por encontrarse castigada. Sin querer, esa noche, fue testigo de un hecho que hoy tiene a dos educadoras condenadas por apremios ilegítimos. Sin querer fue una de las últimas personas que vio con vida a Lissette.
En su declaración, la menor describió muy claramente lo que había presenciado esa tarde-noche. Detalló que la tía Conne y la tía Thiare habían entrado a la habitación arrastrando a Lissette y que la pusieron boca abajo en el suelo. En esa posición, la tía Conne se subió arriba de la menor con sus piernas abiertas a la altura de la espalda y sujetándole los brazos, mientras la tía Thiare era quien le sujetaba las piernas abrazándolas.
Según M., Lissette movía la cabeza de un lado a otro pidiendo ayuda y que se detuvieran. Se mordía los labios, gritaba para que la soltaran y pedía ir al baño, pero no fue escuchada. Según la propia declaración de la menor, Lissette se orinó y defecó, mientras las tías le decían que era “cochina”. Ya con los labios morados, respirando aceleradamente para tratar de buscar aire, Lissette dejó de moverse.
En ese momento, Conne Fritz se detuvo. Le dijo “gorda, ya párate”, pero Lissette no se movió. La voltearon, le movieron las piernas y el cuerpo, pero nada. Lissette no reaccionaba. Ahí fue cuando ambas educadoras se percataron de la presencia de M. en la habitación y le pidieron que fuera a buscar la radio para pedir ayuda, pero ya era demasiado tarde.
Esa noche, Lissette muere al interior del Centro de Reparación Especializada de Administración Directa (Cread) Galvarino. Tenía once años. Su cuidado, integridad y bienestar estaban a cargo del Estado. Desde los 5 años que formaba parte de la red de protección del Servicio Nacional de Menores (Sename) y le fallaron. Le falló el sistema, el Estado, los profesionales capacitados, todos. Esta es la historia de Lissette Villa según la justicia chilena, luego del veredicto del 19 de noviembre.
Los antecedentes del veredicto
“Este tribunal ha resuelto por unanimidad, condenar a las acusadas Conne Fritz y Thiare Oyarce como autoras del delito de apremios ilegítimos”, detalla el veredicto del caso Lissette Villa del 4º Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, que además, absolvió a las otras dos funcionarias a las que se les acusaba por no haber evitado la muerte de la menor.
La decisión fue tomada en virtud de las pericias realizadas por una serie de expertos y de los testimonios de M., de algunos trabajadores del Cread, del bombero que llegó esa noche y de la funcionaria de la Policía de Investigaciones (PDI) quien dio cuenta del sitio del suceso.
Entre quienes declararon se encontraba el médico tanatólogo René López, quien determinó que la menor presentaba lesiones externas en el rostro, en su tórax y en las extremidades inferiores, además de sangre dentro de la boca y la nariz y escoriaciones –carne descubierta por el desgaste o por la acción de arrancar violentamente la pie– en sus mejillas, en un lado de la nariz y en la línea del labio, señalando en un primer momento que la causa de muerte era indeterminada.
Luego de contar con los antecedentes del sitio del suceso, se pudo determinar que “la causa de muerte se debió a una asfixia mecánica por sofocación de tipo tóraco abdominal, cuya secuencia fue la asfixia, falta de oxigenación en la sangre, muerte cerebral en 4 minutos, ante lo cual el corazón, sin oxígeno, intentó irrigar, corrigiendo dicha situación, por lo que bombeó más rápido y ello provocó la arritmia”.
Sin embargo, en el estudio histopatológico realizado por López, se especuló la hipótesis de que la causa de muerte podría también estar asociada a una arritmia por fármacos.
Para descartar esta teoría, se solicitó el peritaje de la químico farmacéutica y perito Aleida Kulikoff, quien determinó que “sólo se detectó medicamentos indicados por su médico psiquiatra, en dosis terapéuticas”. Al mismo resultado llegó la perito Rose Marie Fuenzalida, quien luego de analizar los informes toxicológicos concluyó que a pesar de que la menor había sido diagnosticada con una serie de fármacos para tratar sus trastornos, “ninguno de estos fármacos podría producirle arritmia”, por haberse administrado en dosis habituales.
Asimismo, la perito Pamela Bórquez declaró que la causa de muerte fue “una asfixia mecánica con elementos de sofocación”, por el peso que recibió Lissette sobre su tórax y que generó una exigencia en el trabajo cardiaco, “que al tratar de sobrevivir a ello se produjo una broncoaspiración (…) lo cual dificultó la respiración, sumado al hecho de estar boca abajo con la respiración comprimida, lo que complicó la entrada de oxígeno y comenzó la arritmia que la llevó a la muerte”.
Con los antecedentes de las y los peritos, más el testimonio de M. –corroborado posteriormente por las declaraciones de funcionarios del Cread Galvarino– que aseguraba que una de las funcionarias se había sentado sobre la espalda de Lissette a la altura del tórax para contenerla, el kinesiólogo Roberto Vera detalló que 40 kilos de peso sobre la espalda de la menor generaba una apnea, pasados los 10 a 15 segundos de ejercerse, al igual que la obstrucción de la vía área del 25% también genera apnea.
Analizando la posición en que se encontraba la menor y las funcionarias, Vera aseguró que todas las posiciones analizadas durante el trabajo de contención a Lissette “eran posiciones eficientes para generar apnea, que duró mientras se ejercía esta carga, de al menos 40 kilos, la que según los antecedentes duró un mínimo de 10 minutos”. Pero lo que no sabía el kinesiólogo, era que Conne Fritz, al momento de los hechos, no pesaba 40 kilos, sino 90 kilos aumentando aun más la presión contra el tórax de la niña.
Es así como con todos los peritajes y testimonios entregados, que el Tribunal determinó que las funcionarias del Cread Galvarino, Conne Fritz y Thiare Oyarce, habían inmovilizado violentamente a Lissette y que sus conductas habían excedido los protocolos establecidos por el Cread para efectuar una contención física a un menor descompensado.
También que “aun cuando la niña con fuerte llanto gritaba a las acusadas que la soltaran, que se iba a portar bien, y que quería ir a orinar, (…) continuaron en su actuar durante varios minutos, sin soltarla”, transformándose “en un castigo más que en una contención, ya que conscientemente se le estaba causando, por las acusadas, un sufrimiento físico y psíquico innecesario, no pudiendo Lissette respirar adecuadamente”, provocándole la muerte.
Ambas funcionarias mantuvieron su medida cautelar luego del veredicto. Deberán esperar la sentencia del juicio, que se fechó para el 7 de enero de 2022 y ver si efectivamente el tribunal acogerá la petición que hizo Fiscalía: 7 años de cárcel para cada una de ellas.
Toda una vida en el Sename
Corría el año 2009 cuando con sólo 5 años, la pequeña Lissette ingresaba a la red de protección del Sename. La decisión la había tomado el Tribunal de Familia de Colina, que ordenó una medida de protección tras la denuncia que había realizado el jardín infantil al que asistía. Las preocupaciones de las educadoras no eran menores: acusaron que Lissette era víctima de daños físicos, de negligencia parental, de ausencia de adulto responsable y de ausentismo escolar.
Desde la determinación del tribunal que Lissette comienza a peregrinar de hogar en hogar tratando de encontrar la seguridad, bienestar y cuidados que no estaba recibiendo en su casa por su familia y que, evidente y lamentablemente, nunca encontró.
Así y luego de las audiencias correspondientes, Lissette ingresó a la Residencia Regacito, organismo que en 2010 realizó un informe al Tribunal de Familia en que sugiere mantener a la niña en una residencia, siendo trasladada durante ese año a la Residencia Regazo. Sin embargo, meses después es el mismo tribunal el que pide el egreso de Lissete de la residencia y exige que entreguen a la niña “de forma inmediata a la madre, Juana Poblete”.
En enero de 2011, incorporaron a Lissette al Centro Comunitario de Salud Mental (Cosam) de Tiltil para que se reinsertara de la mejor manera posible a su grupo familiar, pero dos meses después el centro emitió un informe informando sobre “la falta de adherencia de la madre de Lissette al tratamiento y el descontrol de impulso de la niña en el ámbito educacional”.
En noviembre de ese año, el mismo Cosam solicitó al tribunal ampliar la medida de protección a todos los hermanos de Lissette, pues eran víctimas de una “dinámica de negligencia y abandono parental”. La madre de Lissette no estaba respondiendo como debía al tratamiento del Cosam y en 2012 solicitó en más oportunidades reingresar a su hija al sistema residencial porque “se siente sobrepasada por ella”.
Luego de que Sara, la tía de Lissette y hermana de Juana, confirmara que la pequeña sufría de nuevas conductas negligentes por parte de su madre, se decretó el ingreso de la niña al Cread Galvarino en noviembre de 2012.
Ahí el director del centro emitió un informe sobre estado de Lissette que decía que “había sido víctima de negligencias crónica y situaciones de abandono, había tenido una familia incompetente en los cuidados y protección de la niña, lo que generó socialización callejera, situación de alta complejidad y vulnerabilidad”.
Al año siguiente, es trasladada al Hogar San Francisco de Regis, que aparentemente era una residencia especializada en niñas y niños con vulneraciones de mayor complejidad, pero fue devuelta al Cread Galvarino a los pocos meses. En marzo de 2014, Lissette reingresó al centro donde anteriormente la habían removido. El motivo de su regreso fue que en San Francisco de Regis los equipos profesionales no estaban preparados para afrontar su nivel de complejidad, quedando una vez más desprotegida y sin ayuda.
En el Cread se encuentra con su hermana menor V.V.P. y se mantuvieron ahí hasta junio de 2014, fecha en que ambas fueron trasladadas al Hogar Villa María del Bosque de la Fundación María Ayuda.
En julio de ese mismo año, Lissette confesó ser víctima de abuso sexual por parte de su padre. Desde ese momento, es ingresada al programa de reparación Cavas, preocupado de la atención integral a víctimas de atentados sexuales, decretándose también la prohibición de acercamiento del padre a ambas niñas.
Desde su confesión, Lissette comenzó a desregularse emocional y conductualmente, agrediéndose a sí misma y a todas las personas que la rodeaban. Por estos hechos de violencia, el hogar se declaró incompetente para asumir su cuidado y la pequeña es ingresada en septiembre de 2014 a la Unidad de Corta Estadía de Salud Mental del Hospital San Borja Arriarán, siendo sometida en múltiples ocasiones a contenciones físicas de sujeción de sus cuatro extremidades.
Dos meses estuvo ahí, hasta su retorno al Cread Gavarino en noviembre de 2014, su tercer ingreso al mismo establecimiento en menos de dos años. Ahí presentó diversos problemas de conducta, agresiones a sí misma, a sus pares, a niñas menores y a los educadores del recinto, comportamiento que fue agravándose con el tiempo, pues durante casi un año no fue visitada nunca por sus familiares, hasta que recién en octubre de 2015 se presentó su madre por primera vez en el Cread.
El 10 de abril de 2016, un día antes de su fallecimiento, Lissette esperaba a su madre. Le había prometido hace dos semanas que iría a visitarla ese día, pero no llegó. Eso produjo que la pequeña sintiera angustia, cuadros de ansiedad e irritabilidad. No pudo informarle a su mamá que iba a ser trasladada al Cread Pudahuel y eso la descompensó: gritó, se autoagredió, atacó a los que estaban en su entorno, golpeó bienes del centro, emitió garabatos y escupió a funcionarios del lugar.
A sus cortos 11 años, Lissette Villa falleció en el Cread Galvarino por el negligente actuar de dos educadoras, poniendo fin a una vida llena de malos tratos y abandono. Vulnerada por su padres, por el Estado, por el sistema y por quienes deberían haberla cuidado, protegido y dado cariño y contención.
«Yo creo que Conne Fritz y Thiare Oyarce no van a ir a la cárcel, porque el tiempo ya va a estar compensado. Ya con lo que han cumplido, porque estaban con reclusión domiciliaria.»
Bajas penas para las funcionarias condenadas
El caso de Lissette es un fiel reflejo de cómo la red de protección del Sename no funcionaba correctamente ni atendía de manera apropiada las vulneraciones de niñas y niños que presentaban condiciones más complejas. El hogar San Francisco de Regis manifestó sentirse incapacitado para atender el estado de Lissette, y fue devuelta al Cread Galvarino, desde donde mismo la habían derivado anteriormente al hogar antes mencionado para un mejor tratamiento.
“No, no hay”, manifiesta con impotencia Carlos Alvear, abogado y excomisionado de la Infancia y Adolescencia (2014-2018), y quien durante su administración instaló los Programas de Representación Jurídica (PRJ). Alvear se refiere a la ausencia de establecimientos aun más especializados que el San Francisco de Regis en vulneraciones difíciles de tratar, como la de Lissette. Asegura que no existen lugares así, y que hasta ahora, lamentablemente, la única solución es retornar a los niños a los centros donde se encontraban anteriormente.
“El punto está que no existen los recursos –o no quieren entregarlos– para tener residencias para niños con vulneraciones más complejas. Entonces, lo que está haciendo el Estado, porque este es un problema de Estado no del Gobierno de turno, es meter plata para tapar un techo que se está lloviendo”, afirma el abogado.
Para el excomisionado de la Infancia, el caso de Lissette se podría haber evitado, pero nada funcionó para que eso sucediera. El primer ejemplo que pone es que durante la administración de Marcela Labraña –directora del Sename entre 2014 y 2016– se solicitó que se distribuyeran desfibriladores en los centros para reanimar a menores en casos de paro cardiorrespiratorio, pero el Ministerio de Justicia encabezado por Javiera Blanco no aprobó el presupuesto para la compra de esos aparatos.
Hoy y desde el 2019, existe una ley (Nº 21.156) que establece la obligación de disponer desfribiladores en diversos establecimientos y recintos. A pesar que no especifica su obligatoriedad en centros del Sename, de todas formas deberían existir de manera preventiva en esos establecimientos y su uso debería estar establecido dentro de los protocolos de primeros auxilios.
Los protocolos son otro tema que también enfatiza Alvear. Las educadoras condenadas no aplicaron correctamente los protocolos establecidos por el Cread Galvarino, revelando falta de capacitación, experiencia y herramientas para manejar casos complejos como el de Lissette.
“El asunto de la capacitación es un tema, porque el Cread debería haber contado con profesionales adecuados, pero eso en los hechos no es tan así”, enfatiza el abogado: “En esa época, no pasaban por filtros rigurosos. Habiendo estado dentro del sistema pude ver que no era así, porque finalmente lo que pasaba era que contrataban a los amigos. El filtro era más gremial que profesional. Incluso, cuando esto se empezó a regular y se abrieron concursos públicos para cargos dentro del Sename, estos quedaron desiertos, porque o no postulaba gente o no cumplían con las exigencias que pedía el Servicio para cargos de trato directo con menores”.
Según Alvear, más del 80% de los ingresos de casos por protección al Sename son por maltrato infantil y negligencia parental. Ahí es donde el exabogado del servicio enfatiza que la prevención y la educación también podría haber evitado el desenlace de Lissette.
“Prevención y educación sobre este tema es lo que hoy no se está haciendo. Esto no se va a solucionar mientras en Chile no tengamos una política universal de parentalidad positiva. O sea, que se enseñe a resolver los problemas de manera pacífica y pedagógica, no con golpes o descalificando al niño. Hay mucha violencia y eso podría tratarse, por ejemplo, con escuelas para padres donde se les enseñen a educar y negociar con sus hijos, como también formar desde pequeños la importancia del respeto y la no violencia”, subraya.
A pesar de que ninguna de estas propuestas podría volver el tiempo atrás y traer de vuelta a Lissette, lo único que queda hoy es la justicia. Las dos educadoras del Cread Galvarino recibirán su sentencia en enero del próximo año y la Fiscalía pide 7 años de presidio para cada una de ellas.
Para el excomisionado “es una pena baja” y apunta a que probablemente se deba porque es un cuasidelito de homicidio. “Las funcionarias no buscaban matar a Lissette. En el fondo fue un homicidio involuntario, no había un dolo homicida, pero ojo, sí la torturaron y por eso se les condena por apremios ilegítimos. Pero creo que la pena es baja de igual forma”.
Y precisa: “Yo creo que Conne Fritz y Thiare Oyarce no van a ir a la cárcel, porque el tiempo ya va a estar compensado. Ya con lo que han cumplido, porque estaban con reclusión domiciliaria, creo que no van a pisar un día la cárcel”.
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