Pandora Papers: los delitos por los que podrían condenar a Piñera


- octubre 6, 2021
“Como presidente de la República jamás he dejado de privilegiar el interés público, el bien común, por sobre cualquier otro interés”, fueron las palabras que Sebastián Piñera emitió en un punto de prensa el 4 de octubre, luego de que su nombre apareciera en Pandora Papers, la mayor filtración de datos de sociedades offshore, o sea, empresas que están registradas en un país en el que no realizan ningún movimiento financiero con el propósito de evadir impuestos donde efectivamente poseen actividad económica.
Una práctica que no solamente involucra al presidente de la República, también hay otros chilenos que son mencionados con operaciones offshores en los casi 12 millones de documentos que obtuvo el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ), entre ellos “las familias Piñera Morel, Luksic, Délano Méndez, Cortés Solari y Cueto Plaza; además de figuras como Leonardo Farkas, Holger Paulmann (el albacea de Augusto Pinochet), Óscar Aitken, y los accionistas de la AFP PlanVital”, según detalla LaBot, uno de los medios en Chile que ha sido el encargado de publicar la información filtrada.
Y a pesar de que ya estábamos al tanto de que grandes empresarios de nuestros país, e incluso, que la familia del mandatario poseía sociedades en paraísos fiscales, lo que a todas y todos sorprendió fueron los detalles sobre el traspaso de la minera Dominga desde los Piñera a su amigo personal Carlos Alberto “Choclo” Délano, con una cláusula que condicionaba la última cuota a que no hubiera cambios en regulación. Información que, hasta antes de la filtración de estos documentos, no era de conocimiento público.
Sin embargo, Sebastián Piñera insiste en que estos hechos ya eran conocidos, tanto por la ciudadanía como por la justicia, siendo incluso absuelto de todo cargo y libre de “polvo y paja”, como siempre ocurre en Chile con quienes tienen grandes fortunas.
“Los hechos mencionados en ese reportaje no son nuevos”, enfatizó en el punto de prensa. “Probablemente, el Consorcio Internacional (ICIJ) que publicó la noticia no sabía que esa información no era nueva, que había sido de público conocimiento, conocida también por la Fiscalía y por los tribunales de justicia hace ya cuatro años”.
Cuando habla de público conocimiento, Piñera se refiere al reportaje de Radio Bío Bío en 2017, y que reveló que integrantes de la familia Piñera Morel (él y sus cuatro hijos) eran los socios mayoritarios de Andes Iron, sociedad matriz de Dominga, información que no aparecía en sus declaraciones de patrimonio e intereses.
Adicionalmente, Bío Bío detalla el fin del proyecto Barrancones, termoeléctrica a carbón que iba a gestarse en La Higuera (región de Coquimbo), y que coincide con la adquisición de concesiones mineras en la misma comuna por parte de Andes Iron, cabiendo la posibilidad de que se haya finalizado un proyecto para privilegiar otro vinculado al presidente.
“Es verdad que la política chilena está viviendo hoy un clima de mucha descalificación y de poco respeto por la verdad”, agregó Piñera en su punto de prensa. “Sin embargo, me parece absolutamente inaceptable que se utilice una información ya conocida por la opinión pública, sobre la cual ya se pronunciaron sobre mi total inocencia los máximos tribunales de justicia de nuestro país”.
Y aseguró: “La venta, la estructura de la venta y la cláusula de pago sí fueron conocidas por los medios de comunicación el año 2017, y sí fueron conocidas e investigadas por la Fiscalía que decretó no persistir con la investigación porque estaba todo de acuerdo a la ley”.
Más que certezas, el punto de prensa de Sebastián Piñera generó dudas. ¿Realmente la ciudadanía sabía de esa venta y traspaso? ¿Efectivamente, el Ministerio Público estaba al tanto de esto? ¿Se investigó? ¿Es por eso que fue sobreseído?
Informaciones posteriores a su punto de prensa, revelaron que el presidente una vez más intentó engañar a la ciudadanía, ya que el sobreseimiento había sido por el caso Exalmar y no por la venta de Dominga a su amigo “Choclo Délano”. ¿Por qué miente? Todo pareciera revelar el profundo conflicto de interés que tenía Sebastián Piñera.
Pero, ¿en qué consistió la venta de Dominga? ¿A qué se refiere Piñera con la estructura de la venta y la cláusula de pago? ¿Cómo se realizó? Y lo más importante: ¿hay algún delito en este traspaso? ¿Podría existir un juicio penal contra el presidente? ¿Podría ser condenado a cárcel incluso?
Una transacción en Islas Vírgenes Británicas y la investigación de Exalmar
Corría el mes de diciembre de 2010, cuando en las Islas Vírgenes Británicas, Sebastián Piñera sellaba el traspaso (o mejor dicho la venta) de Minera Dominga a Carlos Alberto Délano, proyecto que habían comenzando en conjunto (ambas familias) y que desde ese momento se separaban, aparentemente, para no generar ningún conflicto de interés, mientras Piñera era presidente de la República.
El pago de este traspaso se llevaría a cabo en tres cuotas. La primera se habría realizado el mismo día de la venta (el 10 de diciembre de 2010) por US$ 106,8 millones, la segunda al mes siguiente (18 de enero de 2011) por el valor de US$ 21 millones, y la tercera y última cuota se efectuaría el 31 de diciembre de 2011 por el monto de US$ 9,9 millones.
Esta tercera cuota, que tiene prácticamente un año de distancia con la anterior, estaba condicionada a que previo a la fecha de pago (diciembre de 2011) “no cambiaran las reglas en la zona donde se ubicaría el proyecto minero, denominado Santa Dominga Norte & Sur”; según detalla el contrato de compraventa publicado por Ciper Chile, obtenido por la filtración de documentos de Pandora Papers.
[VIVO] El Presidente @sebastianpinera realiza punto de prensa desde La Moneda https://t.co/rC7QQkDYDf
— Gobierno de Chile (@GobiernodeChile) October 4, 2021
Lo que se dejaba claro con esta cláusula es que el tercer pago quedaba condicionado “a que el sector no se transformara en una zona de exclusión o se convirtiera en un parque nacional o reserva nacional, lo que irremediablemente impediría el desarrollo del proyecto Dominga en esa área, así como la construcción de un puerto a 50 kilómetros de distancia”.
Aquella condición estaba directamente vinculada a Sebastián Piñera, pues al asumir su cargo como presidente de la República en marzo de 2010, su Gobierno tenía la facultad y el arbitrio de decidir y opinar sobre dicho tema.
Sobre este caso y transacción, puntualmente, nunca se ha investigado, y a pesar de que Sebastián Piñera haya dicho que sí, en su punto de prensa y que incluso había sido sobreseído por este y otros hechos que se le investigaban, la verdad es que no es así.
Lo que está haciendo el mandatario es mezclar las cosas y generar una nueva confusión, al tratar de convencernos de que él ya fue investigado por la compraventa de Dominga, que la Fiscalía ya había determinado su inocencia, y que se encontraba todo en regla y dentro del marco de la ley. A lo que se refería el presidente era al caso Exalmar, investigación sobre la participación en la empresa pesquera peruana que había adquirido la familia Piñera. La compañía resultó favorecida en sus derechos de pesca luego del fallo de La Haya en 2014, en el caso entre Chile y Perú.
La causa se originó luego de una querella presentada por el entonces diputado Hugo Gutiérrez –actual convencional del Partido Comunista– por negociación incompatible y manejo de información privilegiada.
Dentro de la investigación había una arista que ligaba al proyecto minero-portuario, ya que existían correos sobre Barrancones y Dominga, los que finalmente el fiscal Manuel Guerra no incautó y sólo se quedó con los que le dieron voluntariamente.
Dentro de esta arista del caso Exalmar, el fiscal Guerra tenía también en su poder la información de la venta de la minera Dominga, con sus respectivas cuotas y cláusulas. Sin embargo, aunque la Fiscalía poseía esos antecedentes, la investigación no se centró en eso.
Finalmente, la Fiscalía decidió cerrar la investigación sin formalizar a nadie, por considerar que los hechos no eran constitutivos de delito.
En la audiencia de sobreseimiento en agosto de 2017 el 4º Juzgado de Garantía de Santiago aseguró que no se vislumbraba “el secreto de información privilegiada en la que pudiera haber sido utilizada, para la compra o inversión de EXALMAR”.
En cuanto a Dominga, el querellante intentó argumentar que el hecho de que Piñera hubiese provocado que se frenara el proyecto Barrancones mediante su famoso “telefonazo” a la empresa Suez Energy –en el que él habría recomendado realizar una central más al norte y no en La Higuera, consejo que la compañía siguió inmediatamente– significaba la utilización de información privilegiada.
Sin embargo, el tribunal determinó que esto no fue así pues este “fue un hecho público y conocido por todos”, y además la venta a Délano se dio meses después.
A pesar de este pronunciamiento sobre Barrancones y relación con Dominga, no se trataron en la resolución los términos de la compraventa del proyecto minero, ni la famosa cláusula sobre la tercera cuota.
Posibles delitos a imputar: negociación incompatible y tráfico de influencias
Con el sobreseimiento del caso Exalmar en agosto de 2017, surgen muchas dudas. Efectivamente se le dio cierre definitivo a la investigación de la pesquera peruana, pero al desestimarse evidencias de Dominga y a la negación del Fiscal Guerra de querer pesquisar más allá de Exalmar, ¿puede entonces investigarse la compraventa de minera Dominga si aquella arista no fue considerada hace 4 años? ¿Se puede, por ejemplo, volver a abrir dicha investigación?
“Si se trata de los mismos hechos, no es posible realizar ninguna imputación penal porque el sobreseimiento tiene efecto de cosa juzgada, es decir, no se puede discutir”, explica Rebeca Zamora, abogada y académica de la Universidad Central de Chile (UCEN). Por ende, una nueva causa sería lo más sensato.
Sin embargo, la misma resolución ha establecido que los hechos involucrados con Dominga no se pesquisaron, por lo que en ese escenario, podría investigarse la compraventa del proyecto minero-portuario, pues mientras “hayan antecedentes que no se hayan analizado en la causa anterior del 2017 –que ya tiene sobreseimiento definitivo sobre el cual hay cosas juzgadas– sí se puede hacer. Sí se puede investigar”, aclara el abogado Rodrigo Medina, académico de la Escuela de Derecho de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano (UAHC).
A pesar de que aún no es posible estimar qué delitos se le podrían imputar a Sebastián Piñera, con los antecedentes que existen e información que se sabe hasta el momento, se pueden vislumbrar algunos hechos que podrían ser constitutivos de delito. “En un principio las figuras penales que se podrían encontrar allí, con los antecedentes públicos hasta ahora conocidos, son cohecho, tráfico de influencias o negociación incompatible”, detalla Zamora.

La tercera cuota del pago de Dominga en 2010, podría constituir el delito de cohecho dado que la cláusula estaba supeditaba a que el sector donde se instalaría el proyecto minero no se declarara como una zona protegida durante el mandato del propio Sebastián Piñera. Y así se hizo.
“Es un cohecho activo, un soborno”, explica el académico de la UAHC. “El soborno es un ofrecimiento y a la vez una aceptación de recibir un beneficio de cualquier tipo, para que el funcionario público haga o deje de hacer algo que es propio de su cargo. Aquí hay un pago para que el presidente no haga algo y eso es lo propio de un cohecho. Eso se ve bastante claro, el tema es que, al parecer, estaría prescrito”.
En Chile, el cohecho actualmente tiene una pena de crimen, y según el propio abogado, “si tiene pena de crimen, como es en el caso de cohecho, el delito prescribe a los diez años”.
«Eventualmente, se podría entender que el presidente tiene un interés o podría haberse interesado en el sentido de considerar la posibilidad de aumentar su patrimonio. Y eso no estaría prescrito porque es algo que todavía está en acto.»
El delito que no estaría prescrito para él es el de negociación incompatible, “porque efectivamente el presidente tiene que decidir, actualmente, acerca de la viabilidad del proyecto”, amparado en el artículo 240, número 1, del Código Penal.
La ley dice que, “será sancionado con la pena de reclusión menor en sus grados medio a máximo, inhabilitación absoluta temporal para cargos, empleos u oficios públicos en sus grados medio a máximo y multa de la mitad al tanto del valor del interés que hubiere tomado en el negocio: el empleado público que directa o indirectamente se interesare en cualquier negociación, actuación, contrato, operación o gestión en la cual hubiere de intervenir en razón de su cargo”.
Una manera de ver el asunto es que Piñera podría haber cometido el delito previo a la fecha de pago de la tercera cuota, entre 2010 y 2011, ya que como presidente le tocaba participar de una serie de decisiones sobre la protección de la zona de Dominga, que por lo tanto incidían en si su familia y él recibían o no los US$ 10 millones de la tercera cuota. Pero desde esa perspectiva, el delito sí estaría prescrito, porque el plazo de prescripción se empezaría a contar desde diciembre de 2011.
Pero Medina plantea otra perspectiva: Piñera sigue teniendo un interés, porque en caso de que el proyecto Dominga fracase, eventualmente el comprador, en este caso la familia Délano, podría intentar exigir la devolución de los US$ 152 millones –sumando tanto la venta en la Islas Vírgenes Británicas, como otra en Chile–.
Cuando el académico de la UAHC dice que Sebastián Piñera es quien debe manifestarse sobre la viabilidad del proyecto, se refiere a la decisión que debe tomar el Consejo de Ministros y el presidente de la República, luego de que la Comisión de Evaluación Ambiental (COEVA) de Coquimbo aprobara el proyecto Dominga en agosto pasado con 11 votos a favor y uno en contra.
“Yo no empezaría a contar el plazo de prescripción desde el pago de la cuota, sino desde el momento en que el proyecto reflotó. Porque no es el pago de la plata el que determina el transcurso del plazo de prescripción, sino que tiene que ver con el cumplimiento de los hechos que constituye el delito y esos hechos son que se intervenga en el asunto en el que se tiene interés”, explica al académico UAHC.
Además, sobre la decisión pendiente que tiene el Consejo de Ministros del proyecto Dominga, el abogado enfatiza que Sebastián Piñera podría estar incurriendo en otro delito, estipulado en el artículo 240 BIS del Código Penal, que expresa que las penas “serán también aplicadas al empleado público que, interesándose directa o indirectamente en cualquier clase de contrato u operación en que deba intervenir otro empleado público, ejerciere influencia en este para obtener una decisión favorable a sus intereses”. O sea, tráfico de influencias.
En el supuesto escenario que el presidente de la República fuera declarado culpable por alguno estos delitos, podría arriesgar una pena desde 540 días a 5 años, lo que sería una pena de reclusión menor en sus grados medio a máximo.
Unidad Anticorrupción y posible creación de área protegida
La acusación constitucional contra Presidente Piñera ya está confirmada por la oposición, al punto que se está trabajando en su redacción para presentarla la próxima semana y sea votada antes de la primera vuelta de las elecciones presidenciales y parlamentarias del 21 de noviembre.
Según los diputados, los hechos conocidos tras la investigación Pandora Papers, es decir, la venta de la minera Dominga, infringe las normas de probidad de acuerdo al artículo 8° de la Constitución y “afectan la honra de la nación”.
Según la abogada y académica UCEN, Rebeca Zamora, las probabilidades de que la acusación contra Piñera pueda prosperar “dependerá de los próximos pasos en el ámbito penal probablemente”.
Pero para ello, hay que esperar el análisis de los cientos de documentos. Lo que sí se le exige hoy al presidente es que firme el decreto que el Ministerio de Medio Ambiente presentará en las próximas semanas al Consejo de Ministros para la Sustentabilidad consistente a la creación del Área Marina Costera Protegida Archipiélago de Humboldt –de 223 mil hectáreas–, en la región de Coquimbo.
Los senadores de oposición aseguran que la firma del decreto constituye “la mejor manera de comprobar la buena fe del presidente Piñera y que no tuvo intención de influir (en el negocio)”.
Por otro lado, el fiscal Jorge Abbott instruyó a la Unidad Anticorrupción a analizar los antecedentes de la compraventa de la minera Dominga. Un equipo especializado buscará establecer si podría existir un eventual delito y así el Ministerio Público determinar la apertura de una causa penal por delitos tributarios, de tráfico de influencias o negociación incompatible.
El Servicio de Impuestos Internos (SII) también está recopilando todos los nuevos antecedentes disponibles para comprobar si existe o no el incumplimiento o vulneración a la normativa tributaria. Incluso, las asociaciones de funcionarios del SII emitieron un comunicado exigiendo que esta vez exista máxima transparencia para este caso.
*Esta nota fue modificada con fecha 8 de octubre a las 19:00 horas, debido a precisiones conceptuales en cuanto a la prescripción del delito de negociación incompatible que se le podría imputar al presidente.
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